Guía · Conceptos
VeriFactu no es la factura electrónica obligatoria (y confundirlos sale caro)
Son las dos grandes reformas de la facturación en España y casi todo el mundo las mezcla. Van de cosas distintas, tienen calendarios distintos y se cumplen con requisitos distintos. Esta es la separación limpia.
La diferencia en una tabla
| VeriFactu (RD 1007/2023) | Factura electrónica B2B (Ley Crea y Crece) | |
|---|---|---|
| Qué regula | Cómo se generan y conservan los registros de facturación: inalterables, encadenados, con QR. | Cómo se intercambian las facturas entre empresas: formato electrónico estructurado y plataformas. |
| A quién obliga | A casi todo el que factura con medios informáticos (con excepciones). | Solo a operaciones entre empresas y autónomos (B2B); no afecta a ventas a consumidores. |
| Cuándo | 01·01·2027 (sociedades) 01·07·2027 (autónomos) | Pendiente del reglamento definitivo: primero grandes empresas (>8 M€) y, unos dos años después de publicarse, el resto. |
| Se cumple con | Un software adaptado (o la app gratuita de la AEAT). | Emitir y recibir facturas en formato estructurado a través de las plataformas que fije el reglamento. |
¿Tendré que cumplir las dos?
Muy probablemente sí, si trabajas con otras empresas. La secuencia práctica para un autónomo tipo: primero adapta tu software a VeriFactu (fecha cerrada: 2027), y ese mismo software adaptado será, en la mayoría de los casos, el que te sirva después para la factura electrónica B2B cuando su reglamento entre en vigor. Elegir hoy una herramienta que contemple ambas te ahorra una segunda migración.
¿Y el SII qué pinta aquí?
El SII (Suministro Inmediato de Información) es un tercer sistema, anterior, que obliga a las grandes empresas (más de 6 millones de facturación) a remitir sus libros de IVA casi en tiempo real. Quien está en el SII queda fuera de VeriFactu, porque Hacienda ya le ve las facturas. Si eres autónomo o pyme normal, el SII no va contigo.